Obligados a declarar por el año gravable 2021
Se plantea en el proyecto que no estarán obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable 2020 los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA) cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 % de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando en relación con el año gravable 2020 se cumplan la totalidad de los siguientes requisitos adicionales:
Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2020 no exceda de 4.500 UVT($160.232.000).
Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($ 49.850.000).
Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de 1.400 UVT ($49.850.000).
Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($ 49.850.000).
Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no exceda de 1.400 UVT ($ 49.850.000).